La prisión permanente revisable es la máxima condena de nuestro ordenamiento jurídico. Consiste en la privación de libertad hasta los 25 años de cumplimiento de pena, período a partir del cual se puede revisar la condena, siempre y cuando los informes de profesionales jurídicos y sicólogos así lo recomienden. Si esta evaluación no lo recomienda, el reo permanecerá en la cárcel hasta la siguiente revisión de su caso.

¿En qué casos se puede aplicar la prisión permanente revisable?

  • El asesinato de una persona menor de dieciséis años, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
  • El asesinato cometido tras la comisión de un delito contra la libertad sexual.
  • El asesinato cometido en el seno de una organización criminal o terrorista.
  • La comisión de dos o más asesinatos por un mismo condenado.
  • El asesinato del rey de España o de un jefe de Estado extranjero que se halle en España.
  • Los crímenes de lesa humanidad.

¿Desde cuándo existe la prisión permanente revisable en España?

La prisión permanente revisable fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015, junto con la Ley de Seguridad Ciudadana. Entró en vigor el día 31 de ese mes. Desde entonces, al menos 12 personas han sido condenadas a Prisión permanente revisable en nuestro país.

Posteriormente, se han incluido en los supuestos de Prisión revisable otros delitos como:

  • Asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver.
  • Asesinato después de secuestro.
  • Violaciones en serie.
  • Violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle.
  • Muertes en incendios, estragos en infraestructuras críticas —como puertos, aeropuertos, carreteras, estaciones y trenes— o liberación de energía nuclear o elementos radiactivos con resultado de muerte.

Recientemente, hemos asistido lamentablemente a agresiones grupales y asesinatos con ensañamiento. Son siempre LOS JUECES los que deciden si la PENA APLICABLE ES LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE cuando un acusado es declarado culpable durante un juicio (con o sin jurado popular).

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