El DELITO DE ACOSO está recogido en el art 172 del actual Código Penal (año 2015). Anteriormente, este delito no estaba recogido como tal en nuestro ordenamiento jurídico. Hoy en BUFETE COSTERO queremos hacer un breve resumen de qué es el DELITO DE ACOSO, cómo proceder a la hora de realizar una denuncia de acoso o qué ocurre en los casos de menores de edad o personas especialmente vulnerables cuando sufren acoso.
Acoso es toda acción que afecte de forma individual a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, determinadas acciones en las que la víctima ve alterado el normal desarrollo de su vida cotidiana. Vigilar, contacto físico o de comunicación (directa o indirecta); uso indebido de datos personales e imagen; atentar contra su libertad individual o su patrimonio… Son sólo algunos de los ejemplos de conductas del DELITO DE ACOSO en nuestro Código Penal.
La denuncia de un DELITO DE ACOSO ha de ser presentada por la persona que lo sufre, nunca por terceros (excepto en el caso que sean menores o personas especialmente vulnerables, donde su representante legal o la fiscalía de oficio, puede iniciar el procedimiento). Los límites pueden diferir de una persona a otra a la hora de establecer el grado de acoso que se sufre.
Para denunciar un DELITO DE ACOSO, han de presentarse PRUEBAS. En estas pruebas tiene que demostrarse que la víctima ha manifestado su voluntad de cese de las acciones que provocan el acoso y su negación para que estas acciones sigan produciéndose.
La LEY ORGÁNICA 10/2022 amplió los supuestos para el delito de acoso incluyendo la utilización de la imagen de una persona sin su consentimiento para crear anuncios, perfiles o publicaciones falsas en redes sociales, páginas de contactos y otros medios que puedan provocar acoso, hostigamiento o humillación a la víctima.
En la LEY ORGÁNICA 4/2022 de 12 de abril, se recogió EL DELITO DE ACOSO a las mujeres que voluntariamente deciden interrumpir un embarazo, y a los profesionales que trabajan en este ámbito, para dar cobertura en una realidad social que afecta a cientos de ciudadanos cada año en nuestro país.
Cada caso de ACOSO es individual, porque lleva implícitos sensaciones subjetivas a la hora de establecer límites con respecto a nuestra intimidad. Lo que parece ofensivo para una persona, no necesariamente lo es para otra. Por ello, el asesoramiento legal es fundamental en estos casos para reconducir cada procedimiento de forma adecuada.
En BUFETE COSTERO te informamos de todos los trámites necesarios para la resolución de cada caso de forma personalizada. Claridad y transparencia para que siempre tomes las mejores decisiones.