El próximo 6 de diciembre será el ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA y cumplirá 44 años. En BUFETE COSTERO queremos rendir nuestro más sincero homenaje a todos los que participaron en la redacción, aprobación y puesta en marcha de esta normativa, y la creación de un ESTADO DE DERECHO como garantía para la defensa de las libertades de todos los ciudadanos españoles.

La CONSTITUCIÓN recoge la organización territorial de España (17 Comunidades y dos ciudades Autónomas, 50 Provincias), así como las Administraciones Públicas, los Organismos y las funciones de figuras como el Rey, el Presidente y miembros del Gobierno.

En la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA contempla igualmente la división de poderes, con el Rey como garante de un sistema basado en una monarquía parlamentaria (poder legislativo en las Cortes, ejecutivo en el Gobierno y judicial con el TGPJ y el Tribunal Constitucional como máximos órganos).

Sin embargo, como profesionales del derecho, en BUFETE COSTERO queremos destacar aquellos artículos de la Constitución que afectan más directamente a todos los españoles  y extranjeros que residen en nuestro territorio. Estos DERECHOS FUNDAMENTALES están alineados con lo establecido en la DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS (París, diciembre 1948) y están contemplados en todos los ordenamientos jurídicos del mundo occidental.

ARTÍCULO 14. “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

ARTÍCULO 18. “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.

 ARTÍCULO 20. “Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra”.

ARTÍCULO 23. “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.”

La semana próxima terminaremos de repasar el resto de derechos fundamentales que garantizan las libertades de todos los ciudadanos españoles.