Abogados Especialistas en Divorcio en Madrid
El divorcio es un proceso judicial por el que se disuelve el vínculo matrimonial pudiendo los cónyuges contraer nuevo matrimonio. Así viene expresado en el artículo 85 del Código Civil. Sin embargo, no es raro encontrar a personas que suelen confundirlo con la separación, siendo ambas figuras distintas y produciendo consecuencias diferentes para los cónyuges.
Ante una crisis matrimonial es importante conocer los efectos y trámites del divorcio. Hay que tener en cuenta que, sea cual sea la vía de solicitud del divorcio, sus consecuencias dilatarán a lo largo del tiempo.
Para iniciar el procedimiento de divorcio es necesario que hayan transcurrido al menos tres meses desde que se celebrara el matrimonio, aunque sería posible solicitarlo antes en caso de malos tratos u otras circunstancias que atenten contra la integridad de los cónyuges o hijos. No será necesario alegar causa alguna para que se pueda solicitar, simplemente basta con manifestar la voluntad de disolver el matrimonio.
Dependiendo de si el divorcio es de mutuo acuerdo o no, podremos acudir a distintas vías, teniendo en cuenta que siempre deberemos acudir con presencia de un abogado y procurador:
- Si pese a la situación, los cónyuges son capaces de llegar a un acuerdo, la vía del mutuo acuerdo es la vía más rápida y económica para hacerlo. Podremos optar por acudir a un Notario si no tenemos hijos menores de edad, o a la vía judicial a través de la figura del divorcio de mutuo acuerdo en caso de que hubiera hijos menores.
- Si por el contrario los cónyuges no han llegado a un entendimiento, la única forma de proceder al divorcio es a través de la vía judicial, con el divorcio contencioso. Este trámite es mucho más costoso y además suele dilatarse más en el tiempo.
Veamos desglosados cada uno de estos:
I.- El divorcio de mutuo acuerdo a través de Notario.
Este procedimiento es también denominado como “divorcio express”, siendo el más recomendable por ser el más rápido y el más económico. Esta gestión también puede realizarse en los juzgados, frente al Secretario Judicial. Surte efectos desde el momento en que prestan su voluntad de divorciarse. Los únicos requisitos para poder proceder a su solicitud son:
- Que no existan hijos menores de edad, o en caso de ser mayores de edad y todavía convivan con los padres, tendrán que presentar su consentimiento ante el notario para que se pueda regularse aquellas medidas que les afecten.
- Que la mujer no esté embarazada en el momento de solicitar el divorcio.
En este procedimiento basta con que los cónyuges manifiesten ante el notario su voluntad de divorciarse, aportando un acuerdo por escrito previo en donde queden reguladas las consecuencias del divorcio. A este escrito se le denomina Convenio Regulador, y en él se contienen las manifestaciones sobre el divorcio y sobre las consecuencias del mismo, como, por ejemplo, la pensión de alimentos o el uso de la vivienda familiar. Tras esto el notario verificará el cumplimiento de la legalidad y otorgará escritura pública que deberá inscribirse en el Registro Civil para que produzca efectos.
II.- El divorcio de mutuo acuerdo a través de la vía judicial.
Cuando habiendo llegado a un acuerdo entre los cónyuges existan hijos menores, se deberá acudir a esta vía ya que tendrá que ser parte obligatoriamente el Ministerio Fiscal para defender los intereses de los menores.
Al igual que ocurre con el procedimiento a través de Notario, se requiere que exista un Convenio Regulador, en donde ambos cónyuges realizarán sus manifestaciones y regularán las consecuencias del divorcio. Para poder proceder a la solicitud en esta vía, será necesaria la demanda de divorcio, que deberá estar firmada por abogado y procurador. Una vez admitida la demanda, se citará por el Juzgado competente a las partes para que ratifiquen dicho convenio regulador, que traerá como consecuencia la correspondiente sentencia de divorcio que se inscribirá en el Registro Civil correspondiente.
III.- El divorcio contencioso.
Este tipo de divorcio es la única vía en caso de que los cónyuges no hayan llegado a un acuerdo, debiendo ser el juez el que finalmente decida sobre la situación.
De las tres vías para solicitar el divorcio, esta es la más costosa, tanto anímicamente como económicamente, y también suele ser la vía que más suele dilatarse en el tiempo. Debido a esto último se permite la solicitud al Juzgado de medidas provisionales destinadas a regulad de un modo transitorio aspectos respecto a los hijos, la vivienda o las pensiones. Una vez se dicte sentencia, estas medidas provisionales serán sustituidas por las medidas acordadas por la misma.
Puede solicitarlo cualquiera de los cónyuges a través de una demanda firmada por abogado y procurador, la cual contendrá una propuesta de convenio regulador, acompañada de todas las pruebas necesarias.
En todo caso, ante un divorcio, los jueces siempre van a tener en cuenta la voluntad de las partes, el número de hijos en común, la situación laboral y patrimonial de cada cónyuge, las pensiones solicitadas, etc., para procurar que el procedimiento y sus consecuencias sean lo menos dañino posible.
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